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PILAR POLÍTICO 

El pilar político es el considerado el más importante, ya que a través de él se pueden fortalecer los demás pilares del plan de vida Yanacona. En los diferentes resguardos y comunidades indígenas que conforman el pueblo de Yanacona el gobierno propio es fundamental en la organización de Cabildo, que es el encargado de realizar actividades y dirigirlas, unificar pensamiento, velar por los intereses del pueblo e impartir autoridad de acuerdo a los usos y costumbres sin desconocer la autonomía que la comunidad le concede.

La estructura del cabildo por lo general es la que fue establecida por los españoles y se conforma por un gobernador, un regidor primero, un regidor segundo, un alcalde primero, un alcalde segundo y ocho alguaciles. Una persona de cada vereda más un representante de saludo y uno de educación, que por el trabajo y la gestión realizada han podido ganarse este espacio para representar a sus sectores. Las funciones del cabildo, además de las establecidas en asamblea comunitaria, son:

  • Representar legalmente a la comunidad ante las diferentes instituciones internas y externas

  • Atender los casos de tierras buscando la equidad en la distribución; e impedir la venta o hipoteca de porción alguna del resguardo; las tierras se adjudican tal como fue establecido en la ley 89 de 1890 y confirmado por la constitución de 1991.

  • Aplicar justicia de acuerdo a los usos y costumbres según le autorizan los artículos de la constitución política y los lineamientos del derecho interno.

  • Ejecutar y distribuir los recursos de la comunidad asignados por la figura de la madre tierra limitando la pesca y la tala de bosques y sitios protegidos.

  • Buscar el desarrollo comunitario siguiendo el Plan de Vida del Pueblo Yanacona en lo que se refiere a sus pilares y programas.

El reconocimiento legal de los cabildos de los pueblos indígenas de Colombia está reglamentado en el artículo 7 de la Constitución Política de  1991, en la que se reconoce a los cabildos como autoridades tradicionales; por ende, se le otorgan las facultades legales para ejercer justicia dentro del territorio de acuerdo a los usos y costumbres de cada comunidad, como se plasma en los artículos 246 y 330 de la Constitución Nacional; además se fortalece la lucha por la reivindicación de los derechos de los Pueblos Indígenas.

El sistema que se emplea para dirigir la Corporación del Cabildo del Resguardo Indígena Yanacona de Guachicono es mediante planchas de candidatos. Para tal razón el cabildo de turo convoca a las Junas de Acción Comunal de las 14 veredas para que se realicen asambleas comunitarias y en ellas se seleccionen dos candidatos, quienes irán uno para cada plancha. Luego el cabildo de turno cita a la comunidad a una asamblea comunitaria general para que entre los candidatos de las veredas se seleccionen las cabezas visibles para el cargo de gobernador, regidor primero, regidor segundo y así sucesivamente de acuerdo a la estructura de la Corporación del Cabildo.

Agotado este proceso, se cita una fecha especial para que la comunidad salga a elegir democráticamente; en estas votaciones pueden participar los jóvenes desde los quince años en adelante. Los criterios que deben cumplir los candidatos para el gobernador y cabildante son:

  • Ser indígena nativo del resguardo y estar comprometido con su identidad indígena en el sentir, el pensar y el actuar

  • Estar a paz y salvo con la comunidad en las actividades y trabajos comunitarios

  • No tener antecedentes penales con la justicia propia ni ordinaria

  • No ser comprador ni vendedor de tierras

  • Tener espíritu de liderazgo y de gestión comunitaria conociendo el proceso indígena y el Plan de Vida

  • No tener lazos de consanguinidad en ningún grado con otros candidatos

  • Ser mayor de 18 años

El periodo de elección del gobernador y demás cabildantes es de un año, si durante ese tiempo el trabajo del Taita y de algunos cabildantes es transparente y benéfico, son reelegidos. La Corporación del Cabildo en el lapso de ese tiempo cita a la comunidad a asambleas para redimir informes de actividades adelantadas y a veces se toman decisiones que van en beneficio del Resguardo y en otros casos en defensa del Territorio. En ultimas LA MAXIMA AUTORIDAD ES LA COMUNIDAD.

Véase también : 

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