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Formas de Control Social

Guardia Indígena

Es una institución que existía en la práctica informalmente desde tiempos ancestrales y se llamaba comisión o ronda la cual se convocaba por necesidad ocasionalmente; en 1970 este ente se fortalece y regulariza en el periodo de gobierno del Taita Albeiro Guerrero , en 1998 se consolida y se considera con el nombre de Guardia Indígena, que es la encargada de controlar el orden público dentro del Territorio, velar por la seguridad, integridad y bienestar de los individuos y del territorio. Sus tareas son: ubicar retenes en las principales vías de acceso para controlar la entrada de vehículos y personas foráneas exigiendo los respectivos documentos; hacer llegar las personas que son citadas por el cabildo y la consejería de justicia; controlar los puestos de los comerciantes; vigilar la entrada y venta de semovientes en el Resguardo; controlar el consumo y venta de bebidas embriagantes y drogas.

La guardia indígena es dirigida por los coordinadores veredales, quienes son nombrados por la comunidad en cada vereda. El periodo de elección es por un año. También hay coordinador general que es elegido en asamblea comunitaria. La guardia es convocada por el coordinador mediante lista de acuerdo al censo poblacional de cada vereda, es obligación prestar este servicio tanto a los hombres como a las mujeres de los 15 años hasta los 60 años; esta se convoca para los días de mercado, eventos sociales, elecciones, asambleas comunitarias y emergencias cuando se atente contra el Resguardo.

Función de los coordinadores de guardia:

  • Citar mediante lista al personal a prestar servicio 

  • llevar el control de la asistencia de las personas citadas e informar de las ausencias

  • Estar en permanente contacto con la autoridad tradicional y las juntas de acción comunal

  • Dar instrucciones sobre el modo de abordar a las personas y como llevar a cabo las requisas.

  • Estar pendientes de los puestos de control

  • Cumplir con las órdenes dadas por las autoridades internas

  • Velar por la integridad y bienestar de la comunidad.

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Guardia Indigena, guerreros milenarios.                   Fuente: www.cric-colombia.org

Consejería de Justicia 

Esta entidad anteriormente tenía el nombre de inspección de policía judicial y se regía bajo los parámetros del Código Penal y la Constitución Política, en ese tiempo trabajaba independientemente de la corporación del Cabildo. En la actualidad es una entidad que se basa en los parámetros de la Corporación del Cabildo y del derecho interno. Esta entidad se compone de un consejero y un secretario de planta; el consejero es nombrado en asamblea comunitaria.

Funciones:

  • Recibir y estudiar los expedientes de los asuntos

  • Adelantar las respectivas investigaciones del caso

  • Adjuntar los expedientes, documentos de la investigación y declaraciones, pasarlas a la Corporación del Cabildo para que este califique y sancione según el caso.

  • Medir y poner sanciones en faltas menores (chismes, problemas familiares, linderos, venta de bebidas alcohólicas, cuotas alimentarias, entre otras)

  • desplazarse a cada una de las veredas a medir asuntos y a recoger pruebas

  • Coordinar con la guardia indígena las acciones operativas que se requieran.

Juntas de Acción Comunal 

Estas entidades a pesar de poseer personería jurídica y regirse bajo estatutos constitucionales, no han dejado de ser un pie de apoyo para la Corporación del cabildo en la toma de decisiones en asuntos internos de la comunidad en el ámbito social, cultural y organizativo; se rigen por la normatividad de la Corporación del Cabildo. En caso de existir un conflicto entre la Junta y la Corporación del Cabildo, el Cabildo puede retirarle la personería según contempla la ley nacional. No imparten justicia, pero siempre han trabajado con el coordinador de guardia veredal ayudando a convocar el personal para que preste el servicio de guardia y asista a las asambleas comunitarias; también tienen el deber de organizar los derechos comunitarios o mingas para el beneficio de la vereda y el resguardo; igualmente, tienen la obligación de gestionar proyectos de desarrollo para su vereda.

Las personas que integran las juntas de acción comunal son elegidas por la misma comunidad veredal para un periodo de cuatro años; los cargos son: Presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y fiscal.

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